

El acceso a la profesión de Administrador de Fincas se regula por medio del Decreto 693/68 publicado en el B.O.E. nº 86, de 9 de Abril de 1968, y en los Estatutos de la Corporación en los que se establecen los siguientes procedimientos de ingresos mediante la aportación de la titulación exigida:
Primero.-( Acceso Directo ) Directamente sin otro requisito, previa el alta colegial, que estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Licenciados en Derecho, en Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales, en Ciencias Empresariales, en Administración y Dirección de Empresas, en Arquitectura, en Ciencias Químicas, Diplomados en Ciencias Empresariales, Profesores Mercantiles, Procuradores de los Tribunales de Justicia, Ingenieros Agrónomos, Ingenieros de Montes, Veterinarios, Ingenieros Técnicos Agrícolas, Ayudantes de Montes, Ingenieros Técnicos Forestales, Arquitectos Técnicos, Graduados Sociales y Diplomados en Relaciones Laborales, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Ingenieros Industriales e Ingenieros Técnicos Industriales, Ingenieros de Minas, Licenciados en Geografía e Historia, Licenciados en Ciencias Físicas, Graduados en Finanzas y Contabilidad, Ingenieros Técnicos en Topografía, Ingenieros en Informática, Ingenieros Técnicos de Telecomunicación, Ingenieros de Telecomunicación, Licenciados en Psicología, Ingenieros Técnicos Navales, Licenciados en Filosofía y Ciencias de la Educación, Diplomados en Empresas y Actividades Turísticas, Diplomados en Gestión Comercial y Marketing, Ingenieros Técnicos en Explotación de Minas, Diplomados en Matemáticas y Licenciados en Matemáticas.
Segundo.- ( Estudios Universitarios ) Otro sistema es el de aprobar el plan de estudios de la Escuela Oficial de Administradores de Fincas, autorizado por el Ministerio de Fomento, cuya docencia imparten más una decena de Universidades españolas, mediante la creación de un título propio de cada una de ellas , con un mínimo de 180 créditos, y que se desarrolla en tres años.
Tercero.- ( Pruebas de aptitud ) El último modo de colegiación es haber superado las pruebas de aptitud, que en su día convocó el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas.
Trámites administrativos
Acceso Directo:
1.- Solicitud por duplicado en modelo oficial (una solicitud se remitirá al Consejo General).
2.- Fotocopia del Título compulsada por el Colegio donde se presenta la instancia o, en su defecto, certificación académica y justificante de haber abonado las tasas para la expedición del Título que se hace constar en el anverso.
3.- Certificado de antecedentes penales vigente.
4.- Cuatro fotografías (dos de ellas se remitirán al Consejo General).
5.- Declaración de no estar sufriendo condena de inhabilitación.
6.- Diligencia del Colegio certificando el alta del nuevo colegiado/a.
Estudios Universitarios:
1.- Solicitud por duplicado en modelo oficial (una solicitud se remitirá al Consejo General).
2.- Fotocopia del Título compulsada por el Colegio donde se presenta la instancia o, en su defecto, certificación académica de haber superado los tres años de estudios.
3.- Certificado de antecedentes penales vigente.
4.- Cuatro fotografías (dos de ellas se remitirán al Consejo General).
5.- Declaración de no estar sufriendo condena de inhabilitación.
6.- Diligencia del Colegio certificando el alta del nuevo colegiado/a.
Pruebas de Aptitud:
1.- Solicitud por duplicado en modelo oficial (una solicitud se remitirá al Consejo General).
2.- Fotocopia compulsada por el Colegio de la carta de aptitud de las pruebas realizadas.
3.- Fotocopia compulsada por el Colegio donde se presenta la instancia del título con el que concurrió a las pruebas, o, en su defecto, certificación académica y justificante de haber abonado las tasas para la expedición del Título con el que concurrió a las pruebas de aptitud.
4.- Certificado de antecedentes penales vigente.
5.- Cuatro fotografías (dos de ellas se remitirán al Consejo General).
6.- Declaración de no estar sufriendo condena de inhabilitación.
7.- Diligencia del Colegio certificando el alta del nuevo colegiado/a.
Trámites economicos
1.- Cuota de ingreso: 1.122 euros.
Puede realizar el pago de la cuota de ingreso de dos formas diferentes:
- Al Contado.
- 50% al contado y el 50% restante a lo largo de un año, en cuatro pagos trimestrales sin intereses.
2.- La cuota trimestral que corresponde en el Colegio en que se solicita el ingreso. (Actualmente la cuota está establecida en 116,52 € trimestrales para los colegiados en ejercicio y 109,10 € para los colegiados no ejercientes.
3.- La Fianza que en su día se determine por el Colegio.
Nota: Las cuotas económicas son las mismas independientemente del modo de ingreso. General.