Tenemos una consulta en relación a un acuerdo en Junta sobre aprobación de un presupuesto:
“Los propietarios discuten el pro y el contra de poner en el jardín del patio césped artificial u otra vez césped natural. La mayoría prefiere el césped artificial. Sometido a votación, la instalación del césped artificial, se aprueba con los votos a favor de todos los presentes exceptuando el voto en contra del Sr……”.
¿El porcentaje de esta votación, según los asistentes y ausentes en la Junta, es suficiente para la aprobación de este punto?
Respuesta:
Mi opinión es que es un mero acto de administración derivado del adecentamiento del patio comunitario, por lo que es suficiente el acuerdo mayoritario.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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