CONSULTA
Un vecino me informa que quiere instalar una pérgola de hierro en su jardín, la pérgola no se anclaría a la fachada pero sí al suelo.
¿Es necesario pedir autorización a la comunidad? En caso afirmativo ¿Qué mayoría sería necesaria?
RESPUESTA
Salvo que el título constitutivo establezca lo contrario, la instalación de una pérgola en un jardín o en una terraza privativa o de uso exclusivo requiere el acuerdo de mayoritario de 3/5 del total de propietarios y de cuotas conforme a lo dispuesto en el artículo 10.3.b en relación al artículo 17.4 LPH.
Si además esta pérgola puede perjudicar directamente a algún propietario en concreto, éste deberá prestar su conformidad a dicha instalación conforme dispone el artículo 10.3.b LPH segundo párrafo.
Juan Romaguera
Abogado
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