El caso es el de una comunidad de propietarios con el siguiente reparto:
Departamento |
Coef.% |
Planta Baja |
50% |
1º |
25% |
2º |
15% |
3º |
10% |
Se discute la necesidad de realizar unas obras de reparación en una de las fachadas laterales, para lo cual entiendo que es necesaria la doble mayoría, votos y cuotas. Si la propietaria de la planta baja ha votado en contra ¿se pueden ejecutar las obras?
Respuesta:
Se trata de un acuerdo que solo precisa mayoría.
Si no se puedes conseguir la mayoría de propietarios y cuotas, debes convocar una nueva junta con el mismo orden del día y si persiste el resultado, tal como señala el Artº. 17.7 de la LPH, acudir en equidad ante el Juez de Instancia.
Es un tema sencillo.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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