CONSULTA
En una comunidad que mañana tengo la reunión ordinaria, hay dos vecinos, uno de ellos el presidente que llevan todo el año en conflicto, ayer en la piscina comunitaria se dijeron 4 cosas la mujer de uno con el presidente y su mujer. Yo he visto el video (ya que lo grabaron) en dicho video no se oyen gritos ni insultos, simplemente una discusión de que si me han rayado el coche, si me han incendiado un árbol, etc..
Uno de ellos dice ha puesto una denuncia civil (ya que según él nos ha dicho no le han dejado ponerla por lo penal), nos la ha enseñado, pero no nos da tiempo a leérnoslo con calma.
Ahora me están instando a que anule la reunión de mañana. El presidente asistirá a la reunión de forma telemática, justamente para evitar mas enfrentamientos. Me están "amenazando" de alguna manera para que yo acabe cediendo.
Pienso, y corrígeme si me equivoco, que este es un conflicto entre dos vecinos y que no es extensible a la comunidad. No hay orden de alejamiento y en todo caso solo hay una denuncia civil.
¿Lo correcto seria anular la reunión?
RESPUESTA
Obviamente, los conflictos personales entre dos copropietarios son precisamente eso: personales y no deben ni pueden afectar al funcionamiento de la comunidad.
Sin duda alguna, la junta debe celebrarse con independencia de la mala relación que pueda haber entre algunos comuneros. Si alguno de ellos no quiere asistir es su problema. Siempre tendrán la facultad de delegar el voto.
Juan Romaguera
Abogado
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