Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Serveis

14 Enero 2025

Autorización tala   

CONSULTA

Os quería trasladar una consulta jurídica al respecto de los gastos que puede aceptar el presidente.

En el presente caso una presidenta de una comunidad de propietarios presentó a una junta de vecinos un presupuesto para una tala de yucas (para mantenimiento) este presupuesto reflejaba la totalidad y se desestimó por parte de la junta y se dijo que solo las necesarias. Se quedó en aceptar el presupuesto pero de solo las que fuesen necesarias.

La presidenta habló con el jardinero y le indicó que todas eran necesarias y aceptó la totalidad del presupuesto que ascendía a más de 1.000 euros a pesar de las recomendaciones por nuestra parte de que no debía ser aceptado.

Me consulta la presidenta si pueden imputarle el coste del presupuesto aceptado por no haberlo sometido a votación de junta.


RESPUESTA

Para contestar correctamente esta consulta debería analizar exactamente los términos del acuerdo comunitario, el presupuesto, las consultas con el jardinero, etc. cuestión que, obviamente, no puedo efectuar en sede de consultas.

No obstante, en términos generales, puedo indicar que si realmente el acuerdo comunitario versaba sobre la autorización de la tala de las yucas que “fueran necesarias” y el jardinero (único técnico en la materia) indicó a la presidenta que “era necesaria” la tala de la totalidad de yucas, la presidenta está amparada en su decisión por una opinión técnica del jardinero. Al fin y al cabo, el término “necesarias” es un concepto indefinido y únicamente puede ser concretado por un técnico, en este caso, un jardinero.

La cuestión es saber si esta definición de “tala necesaria” fue hecha por escrito, si se puede acreditar documentalmente o si el jardinero está dispuesto a ratificar sus instrucciones en este sentido, para que la presidenta pueda demostrar ante la comunidad que su actuación está debidamente respaldada por criterios técnicos. Si es así, en principio, no tiene responsabilidad frente a la comunidad.

Siento no poder analizar con más profundidad este tema pues ignoro los detalles facticos de la conducta de la comunidad, presidenta y jardinero en cuestión.

Juan Romaguera

Abogado


Tens dubtes respecte a les funcions d'aquest Col·legi d'Administradors de Finques? Podem ajudar-te?

Pots possar-te en contacte amb nosaltres.