CONSULTA
En una comunidad donde los propietarios tienen un contador único de EMAYA y en el título constitutivo se establece que el reparto del consumo se realiza por cuota, uno de los propietarios me solicita incluir en el orden del día valorar que su vivienda individualice el contador de agua instalando un contador en su vivienda para conocer el consumo y pagar a razón de dicho consumo.
En este caso tengo varias dudas;
- ¿La votación sería por el art. 17.6 LPH y sería necesaria unanimidad?
- ¿Podría instalar únicamente el contador en su vivienda este vecino o deberían instalarlo todos?
- ¿El pago del contador, correrá a cargo del vecino/vecinos que lo instalen?
RESPUESTA
Si el titulo constitutivo establece la existencia de un único contador para todo el edificio y que el reparto del consumo se hará por coeficiente, es evidente que la instalación de contadores individuales implica la modificación del sistema previsto en los estatutos lo que precisa en principio la unanimidad de la totalidad de propietarios.
Si se acuerda el cambio de sistema de reparto a través de contadores individuales, resulta obvio que deberán instalarse contadores individuales en todas las viviendas y locales. En caso contrario no habría forma de conocer el consumo de los que no lo tienen instalados. No es compatible que existan partes determinadas con contadores individuales y partes determinadas conectadas al general directamente.
En todo caso, si existe una gran mayoría de propietarios favorables a la instalación de contadores, siendo la individualización de gastos un tema tan recomendable, también se podría plantear acordarlo por mayoría cualificada de 3/5 y si nadie lo impugna se puede proceder a su instalación. Es una forma para evitar un bloqueo por parte de las minorías. En todo caso también es cierto que, si lo impugnan, tienen posibilidades de éxito.
Juan Romaguera
Abogado
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