CONSULTA
Tenemos un contrato de alquiler de una vivienda hecho el diciembre de 2012, que vamos renovando anualmente con la subida del IPC y de común acuerdo. No hay ningún problema por ambas partes.
¿ Podemos continuar así o es necesario hacer algún cambio?.
RESPUESTA
Si no pretendes modificar las condiciones del contrato inicial ni quieres o necesitas modificar el importe de la renta más que en aplicación de la actualización de renta pactada en el contrato (ahora se aplica el IGC que determine el gobierno en cada anualidad, no el IPC), no es necesario otorgar un nuevo contrato.
Este contrato está en tacita reconducción y si la renta de pactó de forma mensual, el arrendador podría denunciar la prórroga cada mes y provocar la finalización del contrato requiriendo con un mes de antelación al inquilino la devolución de la vivienda y, en caso de no devolución voluntaria, formular el preceptivo desahucio por expiración de termino. Si la renta se pactó de forma anual (no según su pago), el contrato se renueva por años y cada año puede ser denunciada la prórroga por el arrendador.
Juan Romaguera
Abogado
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