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Serveis

23 Febrero 2026

Costes de desmonte y reinstalación de equipos privados en obra comunitaria   

CONSULTA

En una comunidad de propietarios es necesario realizar la impermeabilización de la cubierta del edificio para subsanar filtraciones que afectan a un apartamento. Para ejecutar la obra, es imprescindible retirar temporalmente las canalizaciones de un equipo de aire acondicionado (tubos y regatas) que transcurren por la horizontal de la cubierta, ya que impiden el cambio de la lámina de aislamiento.

Puntos clave de la controversia:

  1. Acta de la comunidad: El acta indica que los equipos deben ubicarse en "pequeñas paredes instaladas a tal efecto en los tejados" y que las canalizaciones deben ir bajo regatas del color de la fachada.
  2. Postura de los vecinos: El propietario afectado sostiene que, al tratarse de una obra en beneficio de la comunidad, el coste del desmonte y montaje de los equipos debería ser asumido por todos los vecinos.
  3. Duda legal: Surge la cuestión sobre si el “derecho de paso” o la servidumbre de reparación de la comunidad obliga a ésta a asumir los costes de desmonte y reinstalación de elementos privativos que obstaculizan la obra, o si prevalece que el equipo, siendo bien privativo ubicado en zona común, es responsabilidad de su propietario frente a cualquier mantenimiento necesario de la finca.

Cuestiones planteadas:

  1. ¿A quién corresponde legalmente el coste de retirar y reinstalar los equipos de aire acondicionado durante la obra de impermeabilización de la cubierta?
  2. ¿Influye en esta obligación que los equipos estén instalados conforme (o no) a las directrices de diseño originales del edificio indicadas en el acta de la comunidad?


RESPUESTA

Para resolver correctamente esta consulta debería tener un conocimiento exacto de los términos del acuerdo comunitario y poder analizar la instalación concreta de este aire acondicionado y de las canalizaciones efectuadas.

No obstante, de lo que indicas en tu consulta parece deducirse que la comunidad autorizó la instalación de aparatos de aire acondicionado en unas paredes específicas de los tejados y sus canalizaciones a través de regatas del color de la fachada. Si el aire acondicionado se instaló cumpliendo estrictamente las condiciones de dicho acuerdo y, aun así, para reparar la cubierta hay que retirar necesariamente las canalizaciones realizadas conforme a lo autorizado por la comunidad, dicha retirada y reinstalación debe ser a cuenta de la comunidad que acordó dicha autorización. La comunidad autorizó unas instalaciones sin prever que podían dificultar posteriores labores de mantenimiento con lo cual es responsable de dicho error y tiene que asumir las consecuencias de su equivocación o falta de previsión.

Por el contrario, si el propietario en cuestión ha incumplido las condiciones indicadas por la comunidad para instalar el aparato de climatización, y dichas conducciones impiden la reparación de la cubierta, entonces deberá el comunero asumir privativamente el coste de retirada y reinstalación de dichas conducciones ejecutadas en contra de la autorización comunitaria.

Lo que determina la solución no es que la reparación sea de un elemento común (la cubierta) o que el aire acondicionado sea privativo, la cuestión que determina quien es el responsable de retirar las canalizaciones es si el aparato está instalado conforme al acuerdo comunitario o no.

Juan Romaguera

Abogado


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