CONSULTA
En una comunidad de propietarios con fachada ventilada, se han detectado importantes defectos de construcción: detrás del alicatado existen grandes huecos que, con el paso de los años, han generado humedades y daños en los elementos metálicos de las ventanas. La promotora responsable ya no existe y el seguro de la comunidad indica que se trata de un defecto de construcción.
Aunque se ha informado que los daños afectan a un elemento común, y por tanto la reparación debería ser responsabilidad de la comunidad, la aseguradora exige la confirmación de un abogado para proceder.
Cuestión planteada:
RESPUESTA
Por desgracia para la comunidad creo que estás en lo cierto. El seguro comunitario no cubre estas patologías constructivas ni su reparación. Quizás únicamente se hará cargo de los daños que las humedades y filtraciones puedan haber causado en el interior de las viviendas, pero siempre condicionado a que la comunidad proceda a reparar el origen de las mismas.
Si estáis en plazo LOE (3 o 10 años desde el final de obra) y había técnicos (arquitecto o aparejador) que dirigieran la ejecución de la obra, podría la comunidad plantear una demanda contra los mismos si se trata de un defecto de proyecto (arquitecto) o de ejecución (aparejador). Estos edificios (si es posterior al 6/5/2000) tienen un seguro decenal que pueden cubrir este defecto si el mismo puede considerarse estructural (requeriría un análisis técnico). Por último, cabría estudiar la posibilidad (remota) de exigir responsabilidades a los administradores de la sociedad promotora (depende de cómo se liquidó la empresa y de su solvencia y de una posible prescripción de acciones). Habría que estudiar el caso con detenimiento. Si han pasado estos plazos, resultara muy difícil (por no decir imposible) reclamar.
Juan Romaguera
Abogado
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