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Serveis

13 Diciembre 2024

Delegación del cargo de Presidente en su hijo   

CONSULTA

Tengo proximamente una junta en la que se ha planteado en varias ocasiones la siguiente pregunta.

¿Un señor puede ser presidente de una comunidad de propietarios y que su hijo (bajo poder notarial) actúe en su nombre?


RESPUESTA

El cargo de presidente es indelegable. No lo puede sustituir ni la esposa, ni el hijo, ni ninguna otra persona, aunque esté apoderado. Únicamente en caso de ausencia, vacante o imposibilidad, el presidente puede ser sustituido por el vicepresidente, si ese cargo existe.

Juan Romaguera

Abogado


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