CONSULTA
En una comunidad que acabamos de constituir, un propietario me solicitó la Escritura de división Horizontal, esta escritura me la facilitó en su momento el que había sido propietario de todas las viviendas y que aún tiene viviendas a su nombre.
Otro propietario ahora me solicita dicha Escritura y el propietario que me la facilitó inicialmente no quiere dársela, se le puede decir que solicite ese propietario una copia al registro o es mejor solicitarla la comunidad para disponer de una copia.
RESPUESTA
La escritura de obra nueva y división horizontal estará inscrita en el Registro de la Propiedad y cualquier propietario puede solicitar mediante certificación copia de dicha inscripción.
Entiendo que la referida escritura notarial puede contener datos y documentos personales de los otorgantes y que éstos pueden tener interés en que no sean públicos. Obviamente, no tienen obligación de exhibir ni entregar copia de dicha escritura.
Por otro lado, la comunidad y el administrador deben necesariamente disponer de dicha certificación registral a los efectos de determinar coeficientes, descripciones, estatutos, normativa, etc. por lo que resulta más que razonable que la comunidad solicite dicha certificación al Registro de la Propiedad correspondiente para que dicho título esté a disposición del administrador y de cualquiera de los comuneros.
Juan Romaguera
Abogado
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