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Serveis

28 Febrero 2025

FISCAL- Consulta IVA material administrativo   

CONSULTA

El programador informático del programa que utilizamos para la gestión de las comunidades y la facturación nos ha dicho que el concepto de material administrativo cree que debería facturarse con IVA junto con los honorarios y no como suplido. ¿Podrían aclararme esta duda por favor?


RESPUESTA

El material administrativo no se considera un suplido ya que la factura de compra de este material no va a nombre de las comunidades.

Por lo que este material administrativo es una partida más que formará parte de la Base Imponible de la factura de honorarios emitida por vosotros y en consecuencia se le tiene que añadir el IVA del 21%.

Joana Cortés

Asesora Fiscal


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