Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Serveis

11 Julio 2025

LOPD-Datos personales en las liquidaciones   

CONSULTA

Hemos recibido un email de una propietaria de un piso en una comunidad que administramos, donde nos solicita que sus pagos y deudas no aparezcan de cara al público en el listado de la liquidación de gastos donde aparecen todos los propietarios, pues según nos dice piensa que es algo privado la situación personal de cada propietario y que por privacidad se debería enviar por email personalizado a cada vecino.

En nuestro despacho desde siempre se ha enviado en las liquidaciones trimestrales un listado donde aparecen todos los propietarios con el reparto de los gastos indicando el importe que tiene que pagar cada uno, ¿estamos obligados a cambiar el sistema que hemos estado usando a lo largo de los años porque una propietaria nos lo solicite o podemos seguir enviando los listados como hasta ahora?.


RESPUESTA

La Agencia Española de Protección de Datos considera que los copropietarios pueden conocer y tener acceso al nombre y apellidos del resto de propietarios del edificio ya que dicho conocimiento responde a la satisfacción de un interés legítimo. Todo ello para su utilización dentro del ámbito de la comunidad de propietarios.

Mas allá de los nombres y apellidos del resto de copropietarios, los datos sobre sus documentos de identidad, teléfonos, correos electrónicos, números de cuenta, etc. sí que están protegidos por la LOPD y no pueden ser cedidos al resto de propietarios sin su expreso consentimiento.

Por tanto, no existe inconveniente en que se siga figurando en las liquidaciones, actas, etc. los nombres de los propietarios. Únicamente si la comunidad acuerda por mayoría que no figuren esos nombres en las liquidaciones, actas, etc. se deberá modificar el sistema, pero en ningún caso por una petición personal de una propietaria.

Juan Romaguera

Abogado


Tens dubtes respecte a les funcions d'aquest Col·legi d'Administradors de Finques? Podem ajudar-te?

Pots possar-te en contacte amb nosaltres.