CONSULTA
Hay una incidencia en una Comunidad, donde el seguro no cubre a la vivienda afectada.
El origen proviene de falta de mantenimiento y quizás de la vivienda de arriba. El seguro no lo puede determinar, ya que nadie ha podido entrar en este ático.
El problema está en que no tenemos ningún contacto del propietario de la vivienda –ÁTICO ya que debe mucho dinero.
La propietaria afectada quiere que actúe como Administradora. Esta propietaria es consciente que no tengo contacto del propietario de la vivienda y que no puedo entrar en una vivienda de la cual tampoco dispongo de llave.
¿Me podría decir cómo podría actuar?
RESPUESTA
Es evidente que nadie puede entrar en el piso sin la correspondiente autorización judicial.
Se trata además de un conflicto entre dos vecinos. La comunidad no tiene la obligación de intervenir en estos casos, ya que no se trata de daños o reparaciones que afecten a elementos comunes (a no ser que las humedades pudieran llegar a afectar a la estructura del edificio). La propietaria de la vivienda inferior deberá reclamar judicialmente al propietario del piso que le está causando los perjuicios para que un Juez le ordene reparar la causa de las humedades y subsanar los perjuicios ocasionados. Si el vecino no repara, solo el Juez podrá autorizar la entrada en la vivienda para que se proceda a la reparación.
No es responsabilidad de la comunidad ni os pueden exigir, como administradores, actuaciones más allá del intento de contactar con dicho vecino para que repare.
Juan Romaguera
Abogado
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