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Serveis

23 Septiembre 2019

Prohibición perros en ascensor   

 

Una Comunidad administrada por nosotros tiene una Norma que impide a los perros usar el ascensor (por supuesto aún cuando siempre acompañados por sus dueños).

 

Pero alguien de ese edificio me dice que esa Norma es ilegal.

 

Agradeceré aclaración por el Servicio Jurídico.

 

Respuesta:

Si la norma está contenida en el título constitutivo e inscrita en el registro es válida y eficaz. Los perros no pueden subir en ascensor.

 

Atentamente,

 

Sebastián Romaguera

 

Re-pregunta:

Muy agradecido por la respuesta.

 

Debo deducir entonces que esa Norma aprobada en una Junta Anual no sería considerada suficientemente válida hasta que el Presidente de la Comunidad de Propietarios no eleve a público tal Acuerdo mediante Escritura otorgada ante Notario y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad?

 

Gracias anticipadas de nuevo por esta segunda respuesta que se solicita.

 

Respuesta:

Depende de la persona que diga que la norma es ilegal. Si era propietario del edificio cuando se adoptó el acuerdo, asistió a la Junta o fue notificado, es válido y eficaz. Si por el contrario se trata de un tercero que como nuevo propietario ha adquirido la vivienda y en el registro no figura tal prohibición y acredita que no la conocía, obvio es que no le afecta.

 

Atentamente,

 

Sebastián Romaguera


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