CONSULTA
Tengo una junta de propietarios próximamente. Un propietario solicita la instalación de un extractor de humos. Otro propietario delega el voto en mí y el sentido de su voto es en contra del punto 5
Yo no quiero representarle porque no quiero entrar en controversia entre dos vecinos
La consulta es muy sencilla ¿puedo negarme a representarle?
RESPUESTA
La representación de un comunero en Junta es un acto voluntario y como tal puede ser renunciado por quien se le ha delegado el voto. Entre las funciones del administrador no está la de ostentar obligatoriamente la representación por las delegaciones de voto de los comuneros. Es un acto voluntario.
No obstante, tienes que comunicar inmediatamente al propietario tu renuncia a ostentar la delegación para evitarle perjuicios y darle tiempo para conseguir que algún otro comunero que lo represente.
Juan Romaguera
Abogado
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