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Serveis

11 Junio 2024

Sobrepeso por piscina en terraza privativa   

CONSULTA

Tenemos un problema en una comunidad de vecinos por instalación de piscina en terraza comunitaria de uso privativo.

Es un vecino de un primer piso que ha instalado en su terraza una piscina desmontable de 300 x 200 x 80 cm. Los vecinos preocupados por el peso han hablado con el presidente y este ha consultado a un amigo suyo que es arquitecto técnico y le ha comunicado que el forjado de la terraza aguanta 200 kg por metro cuadrado. Y que, si no la quita, está dañando el mismo.

Nosotros le hemos llamado para explicarle del problema y pedirle que la retire, el insiste en que no se lo cree y salvo que le enviemos documentación que le indique que no puede tenerla, no la piensa quitar.


RESPUESTA

Es cierto que la sobrecarga que puede soportar un forjado es, normalmente, de 200 kilos por metro cuadrado. La piscina descrita llena de agua (4800 litros que equivalen a 4800 kg.) supone un sobrepeso de 800 kg/m2 (4800 kg repartidos entre 6 m2). Cuatro veces superior a lo aconsejado.

Tras el requerimiento de retirada efectuado por la comunidad, el copropietario que ha instalado dicha piscina es responsable (incluso penalmente) de los daños y perjuicios que pueda causar al edificio y a los propietarios de los pisos inferiores.

En principio debería ser el propietario quien aportara a la comunidad el informe de un arquitecto justificando que el forjado soporta dicho sobrepeso.

No obstante, si hecho el requerimiento para que retire la piscina portátil, el propietario exige que se le remita justificación técnica, no hay problema: se le indica que la comunidad encargará un informe técnico a un arquitecto (únicos técnicos formalmente preparados para el cálculo de estructuras) que indique si la cubierta puede soportar o no ese sobrepeso avisándole que si la conclusión del informe es que no lo soporta dicho peso, se le cargará el coste íntegro del informe como gasto privativo.

Si según el arquitecto dicha instalación supone un grave riesgo para la estructura del edificio debería ponerse en conocimiento inmediato del Ayuntamiento denunciando dicha instalación (ahora hay una especial sensibilidad en relación a sobrecargas en forjados debido a los desgraciados acontecimientos ocurridos hace pocas semanas) para que ordene su inmediata retirada e inicie el expediente sancionador correspondiente. Si el riesgo de colapso de la estructura fuera elevado y pusiera en riesgo la integridad física de los copropietarios, podría denunciarse ante los Juzgados de Instrucción para que actúen de forma inmediata.

Juan Romaguera

Abogado


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