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Serveis

03 Julio 2026

TÉCNICA - Dudas sobre la Ley 42/2026 de medidas urgentes   

CONSULTA

Podéis avanzarme unas dudas.

Sobre la Ley 4/2026, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyen a la transformación económica de las Islas Baleares y otras medidas de simplificación administrativas, con las que el Gobierno Balear quiere dar ayudas para rehabilitación de viviendas para dedicarlas al alquiler. En resumen, cuales son las condiciones/requisitos, importes, contrapartidas y si hay algún condicionante con su arrendamiento con posterioridad a la rehabilitación.


RESPUESTA

La Ley 4/2026 de Baleares es de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y de otras medidas de simplificación y racionalización administrativas.

Está enfocada a Promotores y Ayuntamientos, el Objetivo principal de la ley:

• Impulsar la transformación económica de las Illes Balears.

• Simplificar y agilizar los trámites administrativos para atraer inversiones.

• Crear un marco único para la tramitación de proyectos estratégicos, tanto públicos como privados.

• Le adjunto PDF con un resumen de esta Ley.

Si es para Rehabilitación y mejora de Viviendas.

Puede que se refiera al Plan Estatal de Vivienda, que es la que puede interesar para las de viviendas existentes:

En Baleares estamos pendientes de que se publique la convocatoria específica para nuestra Comunidad Autónoma.

Se prevé que el plan empiece a estar operativo para el público general a partir de la segunda mitad de 2026, una vez que las autonomías publiquen sus convocatorias específicas en sus boletines oficiales.

El Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, aprobado, introduce ayudas para la rehabilitación.

Las ayudas se centran en la eficiencia energética, la accesibilidad y la movilización de casas vacías para alquiler asequible.

Las cuantías varían según el objetivo de la obra y se gestionan a través de las comunidades autónomas:

• Viviendas vacías: Se conceden hasta 30.000 € para rehabilitar casas que lleven más de dos años vacías, siempre que se destinen al alquiler asequible durante al menos 5 años.

• Eficiencia Energética: Subvenciones de hasta 20.500 € por unidad, dependiendo del ahorro energético logrado (reducción de consumo de energía primaria no renovable) y el coste total de la obra.

• Accesibilidad: Ayudas de hasta 13.000 € por vivienda para mejoras como la instalación de ascensores o rampas.

• Mejoras Estructurales: Hasta 8.000 € por vivienda para actuaciones de conservación y seguridad.

Beneficios Fiscales y Deducciones en el IRPF

El Gobierno ha prorrogado los incentivos fiscales para obras finalizadas hasta el 31 de diciembre de 2026:

• Deducción del 20%: Por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 7%. El límite de inversión anual es de 5.000 €.

• Deducción del 40%: Por obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en un 30% o mejoren la calificación a "A" o "B". El límite es de 7.500 € anuales.

• Deducción del 60%: Para rehabilitaciones integrales de edificios residenciales, con un límite de 5.000 € anuales (acumulable hasta 15.000 € en varios ejercicios)

Requisitos y Gestión

• Certificado Energético: Es obligatorio disponer de un certificado previo y otro posterior a la obra para acreditar la mejora energética.

• Pagos Bancarios: Los gastos deben pagarse mediante transferencia o tarjeta; los pagos en efectivo no dan derecho a deducción.

Se prevé que el plan empiece a estar operativo para el público general a partir de la segunda mitad de 2026, una vez que se publique en el BOIB la convocatoria específica para Baleares.

Matilde Rossich

Asesora Técnica


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