CONSULTA
Desde una entidad bancaria nos citaron a una reunión en la que nos ofrecieron financiación para Comunidades de Propietarios. En dicha reunión, también nos informaron de que va a entrar en vigor una normativa que obligará a pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en todos los edificios a partir del año 2030/2033 (no supieron exactamente), y que estos deberán cumplir con ciertos requisitos de sostenibilidad. Nos informaron que era normativa europea.
En nuestro caso, la mayoría de las Comunidades que gestionamos se encuentran en Can Picafort y, actualmente, no tenemos constancia de que exista normativa vigente en relación con la ITE. ¿Tienen alguna información al respecto? Nos gustaría saberlo por si fuera necesario replantear las obras previstas al finalizar la temporada estival y adaptarlas a dicha normativa.
RESPUESTA
En referencia a la consulta de la normativa ITE,
Ahora es la IEE, inspección técnica de edificios.
En las Islas Baleares, el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) es obligatorio para edificios con más de 50 años, y debe renovarse cada 10 años. También es obligatorio para edificios que soliciten ayudas públicas para rehabilitación o que tengan valor patrimonial.
La normativa puede variar según el municipio, pero en general, el IEE es obligatorio cuando:
• El edificio tiene más de 50 años
• Se quiere solicitar subvenciones para rehabilitación
• Se trata de un inmueble catalogado o con valor patrimonial
• El ayuntamiento lo requiere de forma específica
Es importante que se informe en el ayuntamiento que corresponda, ya que los plazos para presentar el IEE pueden variar. Además, tener el informe actualizado puede ser un requisito indispensable para solicitar ayudas o subvenciones de los fondos europeos destinados a rehabilitación.
En lo que se refiere a la fecha del 2030, entiendo que se referirá a que dentro de las IEE se incluyen las mejoras a realizar, y los edificios se tendrán que ir adaptando a una normativa europea de objetivos climáticos. Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios. Esta directiva introduce nuevas cláusulas enfocadas en la reducción de emisiones y el aumento de la eficiencia energética en los edificios de la Unión Europea. Esta directiva busca transformar el parque inmobiliario europeo hacia un modelo de cero emisiones netas para 2050, con medidas que afectan a edificios nuevos y existentes. Según esta directiva: “A más tardar en 2030, todos los edificios nuevos deben ser edificios de cero emisiones, y los edificios existentes deben transformarse en edificios de cero emisiones a más tardar en 2050. Parece claro, que esta exigencia y la necesidad de descarbonización del sector de la construcción, podrían llevar en un futuro a cambios en la normativa sobre ahorro energético.”
Adjunto datos generales que pueden ser de su interés.
NORMATIVA IEE
GOBIERNO DE ESPAÑA - MINISTERIO DE FOMENTO
El Estado, a través del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, texto refundido de la Ley del Suelo, y de la Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999, de 5 de noviembre, establece que los propietarios y usuarios de los edificios tienen la obligación de conservar en buen estado la edificación mediante el uso y mantenimiento adecuados.
El deber de conservación de los edificios por parte de los propietarios y usuarios se recoge también en el Código Civil, en la Ley de Propiedad Horizontal, en la Ley de Arrendamientos Urbanos y en el Real Decreto 314/2006, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
El Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio, de, entre otros, fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación, establece la obligatoriedad de la inspección técnica de los edificios, proponiendo en sus medidas el apoyo y fomento de la rehabilitación y reconociendo la competencia municipal a la hora desarrollar políticas de fomento y control de la inspección técnica de los edificios.
GOVERN DE LES ILLES BALEARS
La Ley 12/2017 de urbanismo de las Islas Baleares establece los deberes de los propietarios respecto a la conservación de las obras, incluida la obligación de someter a las construcciones y edificaciones a inspecciones periódicas y a la presentación del informe de evaluación de edificios.
La ley de urbanismo balear establece la presentación cada 10 años de informes de evaluación de edificios. Están obligados a la inspección las edificaciones con una antigüedad superior a 30 años, en lo que respecta a la evaluación del estado de conservación, y de más de 50 años, que deben presentar el informe IEE . Dichos informes deberán ser presentados en los Ayuntamientos correspondientes.
Los informes de evaluación de edificios deben incluir:
a. La evaluación del estado de conservación del edificio.
b. La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y uso del edificio, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para asegurar la accesibilidad.
c. La certificación de la eficiencia energética del edificio.
DIRECTIVA EUROPEA
DIRECTIVA (UE) 2024/1275 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de abril de 2024 relativa a la eficiencia energética de los edificios (EPBD: Energy Performance of Buildings Directive)
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Directiva 2024/1275 Directiva sobre Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD), que viene a actualizar y refundir la anterior Directiva 2010/31/UE.
Las directivas europeas son el primer paso legislativo dando las pautas que posteriormente los Estados Miembros tienen que transponer en determinados plazos. Por ello, es importante conocer las directrices que va dictando la Unión Europea ya que nos llegarán e influirán de una u otra forma. Una vez que la directiva ha sido aprobada, los Estados que pertenecen a la Unión Europea disponen de dos años para incorporarla a su legislación nacional.
Entre los principales asuntos que trata este Directiva sobre eficiencia energética están:
• Objetivos de reducción de emisiones. La mayor ambición en materia de clima y energía de la Unión requiere una nueva visión de futuro para los edificios: el edificio de cero emisiones, con una demanda de energía muy baja, cero emisiones de carbono procedentes de combustibles fósiles in situ y cero o una cantidad muy baja de emisiones de gases de efecto invernadero operativas. A más tardar en 2030, todos los edificios nuevos deben ser edificios de cero emisiones, y los edificios existentes deben transformarse en edificios de cero emisiones a más tardar en 2050. Parece claro, que esta exigencia y la necesidad de descarbonización del sector de la construcción, podrían llevar en un futuro a cambios en la normativa sobre ahorro energético. Estas medidas no solo transformarán la forma en que se diseñan y construyen los edificios, sino que también influirán en su mantenimiento y gestión a lo largo de todo su ciclo de vida.
• Respecto a la eficiencia energética de 2020, de media habrá que mejorar para rehabilitación un 16% para 2030 y un 20-22% para 2035. Los Países de la UE tendrán que adoptar medidas para llegar a esos objetivos.
• Pasaportes de renovación. A más tardar el 29 de mayo de 2026, los Estados miembros introducirán un sistema para pasaportes de renovación. Estos documentos serán la hoja de ruta adaptada para la renovación en profundidad de un edificio concreto por fases que mejorará significativamente su eficiencia energética. El pasaporte de renovación deberá ser expedido en un formato digital adecuado para la impresión por un experto cualificado o certificado tras una visita in situ.
• Eliminación progresiva de las calderas de combustibles fósiles. A partir del 1 de enero de 2025, los Estados miembros no concederán ningún incentivo financiero para la instalación de calderas independientes alimentadas con combustibles fósiles.
• CEE: A más tardar el 29 de mayo de 2026, el certificado de eficiencia energética deberá ser conforme con el modelo establecido en la Directiva. Se pretende homogeneizar el CEE en toda la UE. Los Estados miembros que hayan reajustado sus clases de eficiencia energética a partir del 1 de enero de 2019 y antes del 28 de mayo de 2024 podrán aplazar el reajuste de sus clases de eficiencia energética hasta el 31 de diciembre de 2029.
• Se estimula la creación de “ventanillas únicas” para obtener asesoramiento en materia de renovación, similares a las oficinas de rehabilitación actuales. Los Estados miembros velarán por el establecimiento y funcionamiento de servicios de asistencia técnica, por ejemplo, a través de ventanillas únicas inclusivas para la eficiencia energética de los edificios, dirigidos a todos los agentes implicados en las renovaciones de edificios, entre otros, los propietarios de viviendas y los agentes administrativos, financieros y económicos, como las pymes, incluidas las microempresas.
Matilde Rossich
Asesora Técnica
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