CONSULTA
Nos suena que el año pasado salió una normativa que eximia a los edificios antiguos, de tener que realizar la obra de separación de las bajantes pluviales de las fecales, es decir, que en caso de IEE, ya no es obligatorio para estos edificios realizar un nuevo trazado de bajantes si ya las tenían configuradas en una sola para pluviales y fecales todo junto.
Estamos en lo cierto?
RESPUESTA
En referencia a la consulta, adjunto nota del ayuntamiento de Palma
Desde el 14 de diciembre de 2024, la LUIB ha eliminado la consideración como deficiencia de subsanación obligatoria el hecho de que el edificio no disponga de redes independientes para las redes de aguas residuales y de aguas pluviales.
En aplicación del principio de la norma más favorable, todos aquellos informes en que la evaluación del estado de conservación era desfavorable únicamente por no contar con redes separadas de aguas residuales y pluviales, serán considerados favorables.
Por lo tanto, quedarían exentos, siempre y cuando no realicen obras de reforma (solo trabajos de conservación no se consideran reforma), no quedarían afectados.
Matilde Rossich
Asesora Técnica
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