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Serveis

17 Junio 2025

TÉCNICA - Obligatoriedad pasamanos   

CONSULTA

Me gustaría plantear una consulta a los servicios jurídicos del colegio, es obligatorio tener en las escaleras de los edificios pasamanos, por tema accesibilidad o adecuación para personas con alguna dificultad de movimiento.


RESPUESTA

Es una obra necesaria para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal,

En España, es obligatorio instalar pasamanos en las escaleras según el Código Técnico de Edificación (CTE). Las escaleras que superen los 55 cm de altura deben tener pasamanos, al menos, en un lado. Si el ancho de la escalera es mayor a 1.20 metros, se requiere pasamanos en ambos lados. Además, se deben considerar pasamanos intermedios en escaleras muy anchas (más de 2.40 metros).

Altura del pasamanos:

La altura del pasamanos debe estar entre 90 y 110 cm para adultos y entre 65 y 75 cm para niños, según el Código Técnico.

Materiales:

El pasamanos debe ser firme, fácil de asir y estar separado del paramento al menos 40 mm, según el Código Técnico.

Matilde Rossich

Asesora Técnica


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