CONSULTA
Tengo una comunidad que el propietario de la vivienda duerme en su trastero y alquila su viviendas varios meses al año. Desconozco si hay alguna ley y ordenanza que vaya en contra de esta conducta para poder pararla. Está claro que el trastero no tiene condiciones para vivir.
RESPUESTA
Mientras no ocasione molestias o perjuicios al resto de propietarios o a la comunidad en sí, la conducta del propietario que duerme en su trastero no puede ser considerada ilícita a los efectos de lo dispuesto en el artículo 7.2 LPH. No obstante, del punto de vista administrativo sí que es ilegal y la comunidad podría denunciar al Ayuntamiento el empleo por parte de este propietario de un trastero, que no cumple con las condiciones mínimas de habitabilidad, como vivienda.
Juan Romaguera
Abogado
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