Quisiera saber cómo actuar en junta ordinaria donde se decide el cambio de empresa de servicios y el resultado es un empate de votos. Son dos votos a favor y dos en contra. Los dos primeros suman un coeficiente del 27,67% y los segundos el 17,42%. Respuesta:
La respuesta es sencilla. O bien, dado el empate de votos se vuelva a convocar una Junta Extraordinaria para que con la asistencia de más propietarios se resuelva la disputa; o bien, conforme lo previsto en el segundo párrafo de la regla 7 del artículo 17 de la LPH se acuda, en el plazo de 30 días, al Juez para que resuelva en equidad lo que corresponda. Cordialmente, Sebastián Romaguera
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