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Servicios

25 Mayo 2018

Pago del adquirente reforma aporbada en ajunta anterior   

 

Me surge la duda siguiente; si una comunidad celebra una Junta Ordinaria el 22/03/2018 y se aprueban unos presupuestos y unas cuotas a ingresar en tres plazos (junio, julio y agosto 2018).

 

Posteriormente, compro un despacho en la Comunidad el 19/04/2018 con un certificado del administrador donde únicamente me dice que está libre de cargas y gravámenes y no incluye, ni siquiera a título informativo, si hay obras a realizar.

 

Cuando de forma telefónica le pregunté si había alguna previsión de obras, me dijo que no.

 

Voy a pagar la cuota pero tengo dudas de si realmente me corresponde a mi habiéndose aprobado un presupuesto antes de comprar pero con las cuotas a pagar cuando ya se ha realizado la trasmisión.

 

Respuesta:

Creo que te puede aclara el tema, lo señalado en el punto 11 del artículo 17 de la LPH, que dice:

 

Las derramas para el pago de mejoras realizadas o por realizar en el inmueble, serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras”.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


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