¿Puede oponerse o tomar acciones una comunidad contra el propietario si viven en un local? El local tiene agua y luz.
Respuesta:
Si no hay prohibición expresa en el Título constitutivo (no es suficiente con que se indique simplemente la existencia de viviendas y locales), no hay problema alguno en que estos últimos se conviertan en vivienda, como dice la jurisprudencia conocida, por ejemplo, el TS , de 3 de diciembre 2014 (SP/SENT/791521), TS, Sala Primera, de 3 de septiembre de 2014 (SP/SENT/781906) la DGRN, de 19 de julio de 2016 (SP/SENT/872017), AP Alicante, Elche, Sec. 9.ª, de 29 de abril de 2016 (SP/SENT/862336 entre muchas.
Otra cosa, es que se proceda a una denuncia administrativa ante el Ayuntamiento, al habitar un espacio sin cédula de habitabilidad propia para vivienda y sin haber realizado los trámites para el cambio de uso.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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