Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

01 Marzo 2013

Actividades molestas   

PREGUNTA:

Me han pedido que solicite las medidas a adoptar por la Comunidad cuando uno de los pisos se esta alquilando por su propietario por semanas, y éste justifica el trasiego de gente diciendo que son amigos a los que presta el piso. ¿Que puede hacer la Comunidad al respecto?.

 

RESPUESTA:

Apreciada Administradora:

 

            Si realmente estamos ante una actividad ilícita en cuanto en edificio dividido en propiedad horizontal no cabe establecer viviendas destinadas a actividades turísticas o vacacionales, podría la Comunidad a través del artículo 7.2 de la LPH interponer una acción judicial de cesación ante los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción Ordinaria, solicitando la privación del uso para tal menester.

 

            Cordialmente,

 

 

            Sebastian Romaguera

 

 


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.