PREGUNTA:
Me han pedido que solicite las medidas a adoptar por la Comunidad cuando uno de los pisos se esta alquilando por su propietario por semanas, y éste justifica el trasiego de gente diciendo que son amigos a los que presta el piso. ¿Que puede hacer la Comunidad al respecto?.
RESPUESTA:
Apreciada Administradora:
Si realmente estamos ante una actividad ilícita en cuanto en edificio dividido en propiedad horizontal no cabe establecer viviendas destinadas a actividades turísticas o vacacionales, podría la Comunidad a través del artículo 7.2 de la LPH interponer una acción judicial de cesación ante los Juzgados y Tribunales de la jurisdicción Ordinaria, solicitando la privación del uso para tal menester.
Cordialmente,
Sebastian Romaguera
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