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Servicios

19 Enero 2023

Acuerdo instalación pastor eléctrico en jardín   

CONSULTA

En una comunidad de propietarios construida en primera línea de mar, un propietario de un apartamento que hace esquina, en la escritura de división horizontal pone que tiene el uso exclusivo del remanente del solar que rodea su apartamento (adjunto hojas de la división horizontal). En esta zona y en otras zonas donde no hay uso exclusivo, la comunidad quiere instalar unas varillas de hierro con un hilo electrificado para evitar que las cabras entren en el jardín de la comunidad. ¿El propietario que tiene el uso exclusivo de esta zona comunitaria se puede oponer a la instalación de este sistema en la zona de su uso exclusivo? 


RESPUESTA:

La instalación de este vallado electrificado para evitar el acceso de cabras que puedan dañar el jardín comunitario, entraría dentro del establecimiento de servicios comunes de interés general del Artº. 17.3 LPH y por tanto será necesario el voto (y cuotas) mayoritario de 3/5, supongan o no la modificación del título constitutivo o de los estatutos.

Pasar este cableado por el linde del solar comunitario (no por dentro del terreno de uso exclusivo de dicho propietario) no requeriría su consentimiento. Pero si dicho cable tiene que pasar necesariamente por en medio de su terreno y esta instalación le supone una limitación de uso de su zona exclusiva, un impacto estético o un peligro para los usuarios del mismo, entonces podría plantear su oposición. 

De la fotografía aportada parece que el terreno es escarpado y con mucha pendiente por lo que realmente no parece que su uso exclusivo sea viable. En este caso, si realmente no se usa, la negativa del propietario podría considerarse un abuso de derecho.

Por último, hay que indicar que una instalación de este tipo (valla electrificada) debe contar con las medidas de precaución y seguridad para evitar daños a los usuarios de la comunidad y de terceras personas.

Juan Romaguera.

Abogado.

Foto jardín  descargar

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