En el año 2014 en una comunidad que administramos, uno de los locales solicitó permiso para instalar una salida de humos, petición que fue aceptada y pasaron los conductos por un patio interior. Dicha instalación corrió a cargo del solicitante y se le puso la condición de que la instalación cumpliera la normativa vigente y se responsabilizara de cualquier desperfecto que pudiera ocasionar.
En la actualidad otra local quiere solicitar permiso a la comunidad para hacer lo mismo.
¿La comunidad está obligada a dar permiso habida cuenta que ya se hizo con otro propietario?
Respuesta:
El tribunal Supremo ha venido señalando que debe evitarse una interpretación rigurosa de la LPH que impida a los titulares de los locales la explotación normal local y su desarrollo de la actividad comercial, siempre que no menoscabe la seguridad del edificio, su estructura o perjudique derechos de otros propietarios.
En base a ello y al principio jurídico de que “nadie puede ir contra sus propios actos” entiendo que con las mismas condiciones debería dar permiso a ese local para que instale una salida de humo.
Cordialmente,
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