Un edificio muy antiguo que no está constituida la comunidad porque no tienen ningún gasto común, tienen que pasar la IEE del edificio y como es compleja, un vecino solicita contratar un administrador para dar de alta a la comunidad, obtener cif, aperturar cuenta bancaria y pasar la IEE.
Queremos saber si para constituir la comunidad es necesario unanimidad o basta que un propietario lo requiera (hay dos propietarios de cuatro que no quieren constituirla).
Respuesta:
Basta la mayoría de propietarios y en el supuesto de que no se pueda lograr la mayoría deberíais volver a convocar junta y en caso que persista el empate acudir al Juez en equidad, tal como ordena el Artº. 17.7 de la LPH.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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