Mis comunidades son pequeñas y gente mayor por lo que no hay forma de hacer una Junta online
1º.- Esta comunidad quiere cobrar intereses a los morosos
- Que mayoría se necesita?
- Les puedo enviar un correo electrónico con una convocatoria de Junta de Propietarios Extraordinaria con el único punto del orden del día " Aplicar, si procede, cargo de intereses a los sres. morosos"
- Enviarles otro documento explicando el tema y que contesten SI o NO como sistema de votación.
- Redactar el acta como si se hubiera realizado la Junta presencial con el resultado de la votación y el acuerdo al que se ha llegado, detallando los pisos y el voto que han dado.
- Dichos intereses pueden ser mensuales, trimestrales, ... y pueden ser el 5%,10%,... lo deciden los propietarios?
Resuesta:
Te recuerdo que hasta que no se modifique el Artº. 15 de la LPH no se pueden hacer juntas íntegramente telemáticas.
Lo que debes intentar es celebrarla a través de las representaciones establecidas en el mentado artículo. Es decir la asistencia de 2 o tres personas con las representaciones de los demás….es suficiente.
La mayoría es suficiente para imponer unos intereses de demora.
No es usura aplicar un 5 o 10%....es legal.
Puedes ponerte en contacto con nosotros.