¿Qué mayoría es suficiente para acordar el alquiler vacacional?
¿Qué mayoría es necesaria para anotarlo en los estatutos del registro de la propiedad?
Respuesta:
En el campo civil de la propiedad horizontal si no hay prohibición expresa en el Título constitutivo no hay problema alguno en que un propietario destine la vivienda a apartamento turístico.
Para prohibirlo se precisa la unanimidad pues se limita el derecho a la propiedad privada.
Cordialmente,
Sebastian Romaguera
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