Un presidente de comunidad puede “motu proprio” solicitar la anulación de la póliza de seguros de una comunidad que tiene contratada con una compañía?, sino voy mal necesita el acuerdo de la junta en tal sentido o bien que la junta de propietarios le autorice a poder elegir compañía según su criterio.
Es así?.
Respuesta:
Resulta evidente que el Presidente no puede decidir unilateralmente la anulación de una “póliza de seguro”.
Precisa el acuerdo mayoritario de la Junta de Propietarios. Como bien sabes, el presidente conforme el artículo 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal solo ostenta la representación de la Comunidad…el único órgano de decisión es la Junta de Propietarios.
Cordialmente,
Sebastian Romaguera
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