Ante la próxima aprobación en junta del arreglo del rellano y la escalera de una comunidad que tiene 2 locales comerciales sin acceso desde el zaguán quería nos confirmaran si revisando lo que pone en la escritura de división horizontal dichos locales tendrían o no que hacer frente a los gastos que se ocasionaran para realizar tales reparaciones extraordinarias.
Respuesta:
Obvio es que tal como figura en el título constitutivo el arreglo de los rellanos y escaleras son ajeno a los locales, que no deben pagar.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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