¿Se puede aprobar por mayoría en Junta de Propietarios el cobrar intereses a los morosos?
Respuesta:
Evidentemente que la Comunidad de Propietarios en Junta puede aprobar por mayoría simple un recargo de morosidad a través de un interés anual. Lo normal es acordar, en nuestros días, un interés entre un 5 y un 10%.
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