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07 Noviembre 2022

Arreglo jardineras comunitarias   

El que me hace la consulta es un inquilino y no tiene los estatutos de la comunidad de propietarios.

Según parece, cuando llueve mucho, las jardineras de las terrazas (de obra) de cada vivienda, de un edificio construido en el año 1972, provocan filtraciones en las terrazas de los pisos inferiores. En Junta se aprobó (no sabemos con qué mayoría) que cada vecino quitara la tierra de las jardineras para evitar dichas filtraciones, porque según parece la tierra empapada es la que provoca dichas filtraciones.

A mí entender las terrazas son elementos comunes de uso privativo, por tanto mis dudas son las siguientes:

¿Quién tiene que hacerse cargo del vaciado de tierra de dichas jardineras? Y, en caso de que el vaciado no sea el problema ¿quién tiene que hacerse cargo de la impermeabilización de las jardineras y/o terrazas?

 

Respuesta:

 

Desconozco el texto exacto del acuerdo que me comentas. Igualmente pienso que si se quita la tierra de las jardineras éstas no cumplen con su función, tampoco tenemos un informe técnico que esa sea la causa de las filtraciones.

 

Lo indudable es que realmente estamos ante unas jardineras de obra que forman parte de la fachada del edificio que tiene la consideración de elemento común conforme lo señalado en el Artículo 396 del Código Civil Cc . Las terrazas y las jardineras (al formar parte de los revestimientos exteriores de la fachada) tienen también la condición de elemento común.

 

Al existir una patología general que provoca que cuando llueve las jardineras producen filtraciones, esta causa deriva de una falta de mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del edificio que afecta a los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad del edificio señalado en el Artº. 10.1.a) de la LPH y que define la obra como necesaria a cargo de la CP.

               

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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