Una propietaria abrió por su cuenta un tragaluz / claraboya, que parece que fue mal colocada y le entra agua por las juntas.
¿Tienen alguna sentencia que libere de responsabilidad a la comunidad en un caso como este? parece claro que si el tragaluz se abrió sin la preceptiva autorización de la comunidad, no debe considerarse elemento comunitario.. pero no logro encontrar ninguna sentencia similar.
Respuesta:
Es evidente que si un propietario saltándose a la torera la Ley de Propiedad Horizontal y unilateralmente realiza un tragaluz en su vivienda….la Comunidad no solo no tiene responsabilidad alguna sobre las posibles humedades o filtraciones que produzca esa alteración ilícita, sino que puede perfectamente HACERSELO CERRAR.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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