Mañana tenemos una junta de propietarios y la pregunta es que una chica ha comprado el apartamento a un propietario, solo que todavía no tienen en mano la escritura.
La nueva compradora quiere aparecerá en la lista de presencia, ya que varios puntos van relacionados con los bajos de la vivienda ya que una de ella es la suya.
La administración dice que no puede aparecer en la lista de presencia hasta que entregue la escritura...esto funciona así??
Yo también trabajo en una Administración de fincas y no tenía entendido que esto fuera así.
Si me pudiera dar una respuesta lo mas rápido posible por favor, ya que la junta es mañana.
Lamento escribir con el tiempo tan justo.... iba convenida que si podía salir en la lista de presencia aunque la administración no tenga la escritura ni la nota registral ( se le has ofrecido llevar el contrato de compra) y dicen que no, que tampoco, que tiene que ser escritura o nota registral.
Respuesta:
Señala el Artº. 9.1.i) que es obligación del propietario comunicar a quien ejerza las funciones de secretario el cambio de titularidad de la vivienda con las salvedades dispuestas en dicho apartado.
Obvio es que si no ha existido notificación ni existe notoria la venta realizada con transmisión del inmueble, la única que puede asistir a la Junta es la actual propietaria sin perjuicio de que delegue su voto a tercera persona que puede ser la posible compradora.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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