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Servicios

04 Febrero 2020

Asistencia a junta, parejas, representacion   

En el caso de parejas o co-propietarios, ¿tienen que traer la hoja de representación de la pareja o co-propietario ausente para que su voto sea válido el día de la reunión?

 

Respuesta:

Señala el artículo 15 de la Ley de Propiedad Horizontal, que si un piso o local pertenece proindiviso a diferentes propietarios, estos nombrarán un representante para asistir y votar en las juntas. Realmente y en la práctica cotidiana, debe existir la presunción, que si asiste uno de los cónyuges a la Junta lo hace en nombre de ambos y es el representante de la comunidad conyugal o de la copropiedad.

Cordialmente,

      Sebastian Romaguera


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