Tenemos varios inquilinos de local a los que teníamos que hacer aumento de IPC en Octubre.
Esperamos hasta final de mes, como hacemos siempre, y el último publicado a 01 de Octubre es el de Agosto (publicado el 13 de Septiembre)
Los inquilinos se quejan y me reclaman que debo aplicarles el de Septiembre publicado el 14 de Octubre.
¿Puedes confirmarme si lo hacemos bien o si por el contrario debemos esperar?
Respuesta:
La fecha del contrato es Octubre de 2017 y determina que anualmente la renta se actualizara, conforme el IPC, tomando como referencia el de Septiembre de cada año.
Como consecuencia debes aplicar el IPC de Septiembre y no el de Agosto y a esa cantidad, según el contrato, adicionarle 150 euros.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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