El propietario de una de las viviendas quiere sustituir el solado del balcón de la misma, incluida la impermeabilización con otra baldosa distinta a la existente sin autorización de la junta.
¿Puede cambiar el embaldosado de la misma?.
Se trata de un balcón descubierto, totalmente abierto por su barandilla, en el que todos los solados son iguales. En la fotografía es el balcón donde ya han retirado la baldosa y han dejado sólo con el hormigón. (Ver foto)
Les he dicho que no se podía pero me han pedido expresamente que realice la consulta en la Asesoría
Respuesta:
El solado de la terraza tiene la consideración de elemento común (396 Código Civil)
Las reparaciones de ese elemento común corresponde, en general, a la Comunidad y no al propietario a no ser que la necesidad de la reparación fuera por su culpa o negligencia.
Obvio es que no se puede cambiar la configuración exterior del edificio poniendo otra baldosa de distinto color (artículo 7.1 de la LPH). Si no existen actualmente baldosas con idéntica tonalidad, debería elegirse una parecida.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
Foto edificio
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