CONSULTA
Tengo una consulta, en una comunidad que administro no hay Estatutos y en la próxima junta ordinaria se va a proponer cambiar la puerta del portal , ya que está rota, y a su vez reparar o sustituir el portero electrónico. Mi pregunta es ¿los locales están obligados a contribuir en estos gastos?
RESPUESTA
La solución al tema de los telefonillos no difiere de la respuesta a la consulta sobre la sustitución de la puerta de entrada. El portero automático se considera un elemento común necesario. Si los estatutos no exoneran a los locales de los gastos de mantenimiento de zaguán y escalera, la sustitución del portero automático, si es necesaria, corresponde a la totalidad de los propietarios del edificio, incluido los locales. Si se trata de una obra no necesaria (si se puede reparar) su sustitución podría considerarse una mejora que debería tratarse por la vía del artículo 17.4 LPH.
En todo caso, los telefonillos de las viviendas no son elementos comunes y corresponde a cada propietario el coste de su sustitución.
Juan Romaguera
Abogado
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