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Servicios

30 Agosto 2022

Cancelación carga censal en viviendas   

En una Comunidad de Propietarios que administramos, recientemente han sabido que sus viviendas tienen una carga censal.

 

Lo han sabido porque uno de los propietarios vendió su vivienda y tuvo que pagar 400,00€ por todos los años que en que fue propietario y los años del anterior propietario, ya que el primero al vender no pagó nada.

 

Quieren saber cómo cancelar una carga censal, si sólo se puede cancelar antes de la venta o en cualquier momento.

 

 

Respuesta:

Yo siempre aconsejo que se haga una consulta directa en el Registro de la Propiedad donde está inscrita la finca en cuanto posiblemente se pueda aplicar Ley 3/2010, de 7 de junio, de constatación de censos y alodios y extinción de los inactivos, que permite cancelar los censos y alodios si durante un plazo de cinco años no se ha hecho constar su vigencia.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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