Asi como en Catalunña existe una norma autonómica que obliga a obtener la cédula de habitabilidad para arrendar una vivienda, en la Islas Baleares ¿existe una norma que obligue a alquilar las viviendas con cédula de habitabilidad?
Respuesta:
No conozco ninguna disposición autonómica de nuestras Islas que obligue a obtener la cedula de habitabilidad para arrendar una vivienda.
Desconozco la existencia de disposición administrativa que obligue a obtener la cedula de habitabilidad para el arrendamiento de la vivienda. No obstante, existe el Decreto 20/2007 de 23 de Marzo, que en el punto que te interesa, indica:
Decreto 20/2007, de 23 de marzo, por el que se modifica el Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regula las condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas así como la expedición
de cédulas de habitabilidad.
Artículo 2
Se modifica el artículo 7 del Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, que quedará redactado de la siguiente forma:
‘ARTICULO 7. CONCEPTOS.
7.1. La cédula de habitabilidad es el documento a expedir por el Consejo Insular que reconoce la aptitud de una vivienda, de un local o de un edificio residencial no incluido en el concepto de viviendas, definidos en los respectivosapartados del artículo 3 de este Decreto, para ser habitado y el cual será obligatorio para su utilización.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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