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Servicios

19 Julio 2017

Cese Administrador con cobro anualidad honorarios   

 

Me acaban de contratar como administrador de una comunidad en la que el anterior administrador no era administrador colegiado.

Para el cambio de administrador hicieron una junta extraordinaria el 28 de junio de este año donde aprobaron el cese del administrador exponiendo una serie de motivos:

- Incumplimiento de obligaciones fiscales: no presentar en plazo modelo 190, recayendo sobre la comunidad un embargo de 155.-€

 

- En el mes de abril de este año hubo un cargo de Emaya muy alto, 551,50.-€. Han sido los vecinos los que se han puesto en contacto con Emaya para aclararlo y solicitar la devolución del exceso, devolución que Emaya aceptó devolviendo 496,13.-€. Demostrando este hecho que no cumple sus obligaciones de revisión regular de la cuenta bancaria (contabilidad) ni de gestión.

 

- Incumplimiento de acuerdos adoptados en junta que no se realizan, como poner verja encima de entrada del parking.

 

El acta de renovación de cargos es de 13 de enero de 2016, donde se renueva su cargo, así como los de presidente y vicepresidentes. Acta sin firmar ni por administrador ni por presidente.

 

El anterior administrador ha emitido una factura por sus honorarios hasta fin de año, 1.731,36.-€ más IVA, factura que se ha pagado mediante transferencia al ser el único con firma autorizada en la cuenta bancaria de la comunidad.

 

Entiendo que es habitual que ante el cese del administrador antes del vencimiento de su contrato, en este caso 1 año según el acta de renovación de cargos, reclame a la comunidad la parte de honorarios hasta la finalización de su contrato.

 

En este caso también creo que la comunidad tiene motivos para su cese y por tanto no deberían cobrarse esos honorarios. Además entiendo que ha actuado, si no de mala fe, si con opacidad, ya que la comunidad no ha tenido constancia de esta factura ni de su cargo en el banco hasta el día de ayer, cuando yo personalmente recogí la documentación.

 

Mi consulta:

- Puede este señor emitir esta factura sin conocimiento de la comunidad y además pagársela él mismo?

 

- En caso contrario, ¿cómo debe actuar la comunidad?

 

Respuesta:

Es un asunto delicado. Yo entiendo que el Administrador, una vez cesado, no puede en forma alguna emitir una factura de sus honorarios de toda la anualidad y

además cobrársela por tener firma autorizada.

 

Esa conducta a mi juicio deplorable podría constituir un presunto delito de apropiación indebida o de administración desleal, prevista y penada en el Código Penal.

 

Lo que cabe, en caso de que no se reintegre de forma inmediata la suma, es presentar una denuncia o querella ante el Juzgado de Instrucción.

 

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera


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