Si la presidenta de una comunidad de Propietarios nos pide datos personales los mail, teléfonos , correspondencia etc… de los propietarios ¿se la podemos facilitar?
Respuesta:
Mi opinión es que para realizar cualquier tipo de cesión de datos es necesario el consentimiento expreso de los propietarios, donde se deberá informar sobre cómo se van a usar. La falta de consentimiento únicamente se puede suplir en aquellos casos contenidos en la normativa de protección de datos está referido a los extremos que señala la LPH para el correcto funcionamiento de la CP (convocatorias, notificaciones etc etc) que deberá disponer el administrador para el funcionamiento de la CP.
Esta vetado que el administrador-Secretario entregue los datos sin el consentimiento de los demás propietarios.
Cordialmente,
Sebastián Romaguera
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