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20 Septiembre 2022

Cesión datos personales de los propietarios al Presidente   

Mi consulta va dirigida a la Asesoría Jurídica de este colegio y va con respecto a únicamente la figura del Presidente

 

Puede negarse el Administrador/Secretario, a facilitar al Presidente relación de teléfonos, domicilios y correos electrónicos de los propietarios, con el objeto de poder comprobar que se han realizado de forma correcta las notificaciones de las Convocatorias a junta, por la sospecha de que no ha sido de acuerdo con la ley de Propiedad Horizontal, al haber acudido tan solo dos propietarios a la junta?

 

No es el Presidente el único que puede retirar la documentación cuando se ha cesado al Adminsitrador/Secretario y no ha sido nombrado otro? Por tanto, puede disponer de dicha documentación.?

 

Dado que: 

 

1.-El Presidente es representante legal de la comunidad y por tanto el responsable, además de ser el que convoca las juntas. 

 

2.-En su calidad de representante legal y responsable, además para poder comprobar que la convocatoria se ha realizado de acuerdo con la L.P.H., requiere de las direcciones de correo electrónico y domicilio para poder realizar la comprobación con los envíos realizados y más si tiene la sospecha de que esta no se ha realizado por el administrador, de acuerdo con la ley, al haber acudido a la reunión únicamente dos propietarios. Necesita los teléfonos para poder constatar, por ese medio, la recepción de la misma. Las convocatorias se realizan tanto por correo electrónico como por correo postal.-El Adminsitrador/Secretario, entiendo, que no se puede negar a ello, puesto que es necesario, para la comprobación de que realiza sus funciones de acuerdo con la ley.

 

3.-Si se opone está impidiendo las funciones del representante legal de la comunidad y responsable, en cuanto a las convocatorias, dado que todas las responsabilidades recaen sobre él, al respecto.

 

4.-Por otra parte, la ley le da la potestad de Convocar por si las juntas, sin ser necesaria la intervención del Administrador/Secretario y para ello necesita las direcciones postales y e-mail, al igual que los teléfonos, ya que se puede convocar, por correo postal, por e-mail y por teléfono. Sin tener obligación de comunicar lo al Administrador/secretario.

 

5.- La L. P. H., no obliga al Presidente a rendir cuentas al Administrador/Secretario, por los motivos de su petición u obligación. Es el Administrador/Secretario, es el que, a Petición del Presidente, está obligado a ello. Puesto que su actuación, fuera de la LPH, puede repercutir responsabilidades hacia el Presidente, en cuanto a las convocatorias y lo que ello conlleva en cuanto a la validez de los acuerdos.

 

Solicito, si son ciertas dichas afirmaciones, para poder contestar a las consultas que me han realizado y si, al facilitar dicha documentación al Presidente, confirmar que no estoy con ello realizando ninguna ilegalidad.

 

 

Respuesta:

 

La regla general es que para realizar cualquier tipo de cesión de datos es necesario el consentimiento expreso de los propietarios, donde se deberá informar sobre cómo se van a usar y acerca del procedimiento de revocación del consentimiento. En cualquier caso se precisaría el acuerdo personal de los propietarios en Junta.

 

El Artículo 13.3. de la LPH señala que el presidente ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él en todos los asuntos que le afecten, debiendo el presidente actuar de conformidad con los acuerdos de la Junta, válidamente adoptados, de los que es mero ejecutor ( STS 11 de diciembre 2000 ). Por tanto la actuación del presidente ha de tener por base la ejecución de acuerdos de la junta sobre asuntos de interés general para aquélla. La representación de la comunidad en juicio y fuera de él del presidente no tiene un contenido "en blanco", de tal forma que esa representación sirva para legitimarle en cualquiera de sus actuaciones.

        

En consecuencia, mi opinión es que el administrador sin el consentimiento EXPRESO de los propietarios no puede facilitar al Presidente relación de teléfonos, domicilios y correos electrónicos de los integrantes de la Comunidad.

 

Cordialmente, Sebastián Romaguera


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