Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

26 Enero 2021

Cesión datos propietarios para convocar reunión   

 

Tenemos un cliente que quiere convocar una reunión extraordinaria, pero no tiene todos los contactos de los propietarios, de 102 propietarios faltan los contactos de 7 propietarios. El presidente puede pedir a la administración que entregan una lista de todos los propietarios con sus e-mails o teléfonos.

Puede convocar una reunión extraordinaria si no ha enviado a todos los propietarios o tendrá problemas.


Respuesta:

                Como bien sabes, la convocatoria para la Junta de Propietarios la debe realizar el Presidente de la Comunidad de Propietarios y en el supuesto de que se niegue a ello los promotores de la reunión que sean la cuarta parte de propietarios o un número de éstos que representen al menos el 25% de las cuotas.

                Un solo propietario no puede convocar una Junta.

                Además, en la actualidad en la fase 4 de la pandemia, NO SE PUEDEN CELEBRAR JUNTAS DE PROPIETARIOS.

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera 


Re-pregunta:

Gracias para la respuesta, ya sabemos que ahora en la fase 4 no podemos hacer reuniones pero espero que esta situación se arregle pronto.

Es que queremos saber, en el caso si podemos hacer reuniones, si el presidente puede convocar una reunión extraordinaria con la petición de más de 25% de las cuotas. El problema es, que no se puede mandar la convocatoria a 7 propietarios por falta de datos de contacto. La pregunta es, si la mayoría quiere una reunión extraordinaria y la convocatoria no se ha enviado a todos los propietarios (los 7 que no tenemos el contacto) es válido?

El presidente tiene el derecho de tener los contactos de todos los propietarios? Puede pedir los contactos a la Administración, y ellos tienen que entregarles?


Respuesta:

Señala la LPH que la convocatoria la hará el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, por lo que puede convocar, cuando se pueda, una Junta de Propietarios. 

            Igualmente señala el Artº. 9.h) de la LPH que es obligación del propietario comunicar el domicilio de citaciones y notificaciones en España pues en su defecto se entenderá que es el piso o local que tiene en la Comunidad e intentada la citación infructuosamente en el domicilio se entenderá realizada por edictos a través del tablón de anuncios.

Cordialmente,

 

Sebastián Romaguera

 

 


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.