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28 Septiembre 2016

¿Cómo acceder a local cerrado para una urgencia?   

Ruego me aconsejen cómo tengo que proceder en el caso de necesitar acceso a piso o local urgentemente que se ha adjudicado a un banco pero que no tienen “posesión”.

 

Es el caso de un local comercial en planta baja que lleva años cerrado y en el cual parece ser que nadie ha entrado durante todo este tiempo y que presumiblemente provoca filtraciones de agua en la escalera anexa, de la misma comunidad de propietarios, que impiden el funcionamiento del ascensor comunitario con el consiguiente perjuicio a varias familias. Es necesario entrar urgentemente con un fontanero.

 

Me he puesto en contacto con la inmobiliaria-banco que ejecutó la hipoteca y tiene la propiedad del local (hecho reconocido por ellos mismos) pero que alegan que no pueden acceder a él al no tener la “posesión”, es decir, no tienen la llave y dicen que no pueden pagar a un cerrajero para abrirlo, puesto que sería ilegal.

 

Me he puesto en contacto con la policía local pero después de mi explicación me dicen que sin permiso judicial no se puede entrar en dicho local. Creo que no es procedente llamar a los bomberos, puesto que la filtración es leve (aunque impide funcionamiento del ascensor) y además no se sabe con certeza si el origen está en dicho local.

 

Por favor, como administrador de la comunidad de propietarios ruego me aconsejen sobre qué camino iniciar para poder acceder a dicho local con la máxima rapidez.

 

 

Respuesta:

El tema planteado es uno de los problemas más latentes y difíciles de solucionar en que nos encontramos los abogados.

 

Entiendo que el local está desocupado. Yo intentaría como primera solución que el Banco como propietario te autorice a entrar para arreglar las filtraciones, bajo la responsabilidad de la Comunidad. En este caso, entraría con un notario para que levantara acta de la situación del local y los enseres que existen…protocolizaría unas fotografías y procedería a la reparación, y devolvería las llaves al Banco….si las quiere. A lo mejor podrías personarte en el proceso hipotecario o ejecutivo en el que el banco se ha adjudicado el local y solicitar del juez, la entrada para reparar (que entiendo que no te la puede dar), o que fije fecha INMEDIATA para la entrega de la posesión.

 

Si el banco no te da esa autorización, puedes proceder a interponer una denuncia penal por daños, y solicitar del Juzgado de Instrucción un pronunciamiento cautelar de reparación inmediata del daño continuado con entrada en el local. Depende del Juzgado que te toque y el tiempo en que tarde en pronunciarse.

 

Igual o simultáneamente a través de abogado, puedes interponer una demanda de juicio ordinario, en base a lo previsto en el artículo 9.1.c de la Ley de Propiedad Horizontal, contra el Banco y el actual poseedor y solicitaría una medida cautelar. Supongo que si el banco se allana y el otro no comparece…te la darían inmediatamente. Para eso deberás acreditar la urgencia de la reparación.

 

Cordialmente,

 

Sebastian Romaguera

 

 

 


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