En una comunidad de 16 viviendas y 4 locales solamente hay 3 que originalmente y desde que se hizo la finca tienen suministro de gas; de hecho en la azotea hay un armario con capacidad exclusiva para esos tres contadores. Ahora se ha producido una avería y hay que cambiar parte de la conducción, la pregunta es si este gasto deben asumirlo todas las viviendas (tengan o no tengan gas) o únicamente las tres viviendas que tienen este servicio. La empresa reparadora nos ha comunicado que todas las viviendas pueden tener servicio de gas, aunque de hecho solo estas tres lo tienen contratado.
Respuesta:
Según señalas la conducción del gas se trata de un servicio comunitario instalado en el edificio desde el inicio y del cual actualmente solo se aprovechan tres viviendas.
Indica el Artº. 9.2 de la LPH que se reputaran gastos generales los gastos que no sean imputables a uno o varios pisos o locales, sin que la no utilización de un servicio exima del cumplimiento de las obligaciones.
Como consecuencia de ello, entiendo y esta es mi opinión, que la reparación de parte de la conducción debe ser abonado por todos los propietarios.
Cordialmente, Sebastián Romaguera
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